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Un juez obliga a una mujer a vivir con su maltratador porque “no tiene dónde ir”

La Audiencia Provincial de Jaén ha autorizado a un hombre sobre el que pesan tres condenas por el delito de maltrato y otra por maltrato habitual sobre su esposa a poder vivir con ella. El magistrado Pío Aguirre, que fue hasta el pasado septiembre vocal del CGPJ, ha antepuesto en el fallo el estado de necesidad del maltratador, un hombre de 78 años que “no tiene dónde ir”, al riesgo potencial de nueva agresión que puede sufrir su mujer. El polémico fallo ha indignado a la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer y al Instituto Andaluz de la Mujer, que consideran que se da un importante paso atrás en la lucha contra la violencia machista.

La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén revoca la condena de nueve meses de prisión que el Juzgado de lo Penal número tres de Jaén impuso a Sebastián M.C. por quebrantar una orden de alejamiento sobre su mujer con la agravante de reincidencia. El magistrado ha estimado el recurso de apelación de la defensa del maltratador, al que ha absuelto al aplicarle la eximente del estado de necesidad subjetivo. El juez argumenta que el mal causado por la condena puede ser mayor que el que se trate de evitar, dado el deterioro físico y psíquico y la edad avanzada del hombre “que deambulaba todos los días por el pueblo y no tiene a dónde ir”. Además, la defensa argumentó que la esposa del agresor había consentido la vuelta del marido al hogar de ambos, en el municipio de Bedmar-Garcíez.

El hombre ahora absuelto ha recibido cuatro condenas desde el año 2006, tres por el delito de maltrato y otro por maltrato habitual, en todos los casos sobre su esposa. La sentencia también considera probado que el hombre ha quebrantado en varias ocasiones la orden de alejamiento sobre su pareja. Sin embargo, en el recurso de apelación el anciano alegó que se ha reconciliado con su mujer y ha vuelto a vivir con ella.

“La jurisprudencia del Tribunal Supremo es clara, y dice que el consentimiento de la víctima no influye para revocar una orden de alejamiento del agresor”, señaló la fiscal de violencia sobre la mujer de Jaén, Gracia Rodríguez, que califica como “inaudito” un fallo que “pone en entredicho todo el trabajo que se hace para erradicar la violencia machista”. Sostiene la fiscal que la sentencia viene a ser “un indulto encubierto” para el agresor, al tiempo que alerta sobre las consecuencias que puede tener la misma. “Aunque ella sienta lástima de él y consienta su vuelta a casa, el riesgo de nuevo maltrato es ahora mayor”, expone la fiscal. A su juicio, en este caso deben intervenir los servicios sociales para poner a disposición del agresor una residencia u otro lugar donde alojarse alejado de su mujer.

También desde el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) se ha mostrado el “absoluto desacuerdo” con una sentencia “que no tiene sentido”. Beatriz Marín, directora del IAM en Jaén, ha indicado que van a poner todos los recursos asistenciales a disposición de la víctima, que ya fue usuaria del Instituto. También avanza que harán un “seguimiento directo y especial” de este caso “porque lo más importante es la mujer y los hijos que tiene a su cargo”.

Marín subraya que “la única alternativa que no es posible es la vuelta a casa del agresor”, y dice que no le convencen los argumentos de reconciliación de la pareja. “Es el círculo habitual de los maltratadores, dicen que las perdonan y que ya no lo harán, pero vuelven a agredirlas”, indica la responsable del IAM en Jaén, que observa similitudes de este caso con el de Ana Orantes, que en 1997 fue quemada por su marido después de denunciar en un programa de televisión los malos tratos continuados que venía sufriendo por su pareja.

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