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TJUE Sala Cuarta, S 13 Feb. 2014. Ponente: Malenovský, Jiri

El Tribunal de Justicia ha llegado a esta conclusión con ocasión de la cuestión prejudicial que, sobre la interpretación del art. 3.1 de la Directiva 2001/29/CE, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, le ha planteado un órgano de apelación sueco ante el que unos periodistas reclamaron una indemnización de una sociedad gestora de una página de Internet por los daños que entendían les había producido la inserción en esa página de hipervínculos que conducen a artículos de prensa sobre los que tienen derechos de autor, publicados en la web de un periódico.

El PP ha dado este martes un acelerón definitivo a la aprobación en el Congreso de los nuevos requisitos a la Justicia universal y forzará la celebración de una sesión plenaria el jueves de la próxima semana para votar su proposición de ley y remitir ya el texto al Senado.
Esta reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial fue presentada por el Grupo Popular, pues si lo hubiera hecho el Gobierno habría requerido más tiempo para contar con los informes preceptivos del Consejo del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Fiscales, y fue tomada en consideración por el Pleno del Congreso el pasado martes con el único apoyo del PP.

El Juzgado Central nº.3 de Madrid en las DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000170/2011 imputa a ex-director de la CAM según Auto de diecisiete de febrero de dos mil catorce.

Con el objeto de homogeneizar las actuaciones de los órganos de recaudación, el 9 de diciembre de este año, la Directora del Departamento de Recaudación, ha dictado la Instrucción 6/2013, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago en materia de retenciones e ingresos a cuenta y de deudores en situación de concurso de acreedores, que viene a adaptar lo dispuesto en la Instrucción 1/2009 a los cambios que la Ley 7/2012, de 29 de octubre, supuso en dichas materias.

Las novedades significativas de la misma van a implicar en primer lugar, la inadmisibilidad, con carácter general, de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de retenciones e ingresos a cuenta. No obstante, y de acuerdo con la normativa vigente, excepcionalmente dichas solicitudes podrán ser objeto de concesión cuando de los datos obrantes en las bases de datos de  AEAT, y de los aportados por el interesado, quede suficientemente acreditado que la ejecución de su patrimonio pudiera:

La cuestión jurídica objeto de debate en el caso de autos consiste en determinar si el plazo para el ejercicio de la acción de impugnación de los acuerdos comunitarios empieza a contar, tanto para los comuneros presentes como para los ausentes en la Junta de propietarios, desde la adopción del acuerdo o bien desde la fecha de su notificación, al existir jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales de Cataluña sobre el contenido del art. 553-31.3 del Libro Quinto del Código Civil de Cataluña -CCC-.

El mentado precepto establece que: "La acción de impugnación debe ejercerse en el plazo de dos meses a contar de la notificación del acuerdo".
Algunas Audiencias sostienen un sistema dual de notificación de los acuerdos, o sea, una supuesta notificación automática para los propietarios presentes en la Junta y otra para los ausentes mediante notificación posterior. Por el contrario, otras sostienen un sistema único de notificación de los acuerdos, o sea, una misma e idéntica notificación posterior tanto para presentes como para ausentes.

El TSJ Cataluña resuelve la cuestión optando por la segunda tesis por las siguientes razones:

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